Calculadora del paro 2026: cuánto y cuánto tiempo vas a cobrar
En corto: El paro se calcula sobre tus bases de cotización: 70% los primeros seis meses, 60% después, con topes que dependen de los hijos a cargo. La duración va por tramos, de 4 a 24 meses.
En esta página
La prestación contributiva —lo que todo el mundo llama «el paro»— se calcula sobre lo que has cotizado, no sobre lo que cobrabas en mano. Dos personas con el mismo sueldo neto pueden cobrar cantidades distintas si sus bases de cotización lo eran. Esta calculadora estima el importe y la duración con las reglas vigentes en 2026.
Calculadora de la prestación por desempleo 2026
Requisitos para cobrarla
- Estar en situación legal de desempleo. Despido, fin de contrato temporal, fin del período de prueba a instancia de la empresa o extinción por causas objetivas. La baja voluntaria, por regla general, no da derecho.
- Haber cotizado al menos 360 días por desempleo en los seis años anteriores.
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
- No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación con derecho a pensión contributiva.
El plazo para solicitarla es de 15 días hábiles desde el cese. Presentarla más tarde no elimina el derecho, pero se pierden los días transcurridos: cada día de retraso es un día menos de cobro.
Cuánto se cobra
El importe sale de la base reguladora: la media de tus bases de cotización por contingencias profesionales, sin horas extra, de los últimos 180 días cotizados. Sobre esa media se aplica:
- 70% durante los primeros 180 días de prestación.
- 60% a partir del día 181. Este es el escalón que mucha gente nota de golpe en el séptimo mes.
Después se aplican topes en función del IPREM, que en 2026 es de 600 € mensuales. La referencia que se usa es el IPREM más un sexto (700 €):
| Situación | Mínimo | Máximo |
|---|---|---|
| Sin hijos a cargo | 80% → 560,00 € | 175% → 1.225,00 € |
| Con 1 hijo a cargo | 107% → 749,00 € | 200% → 1.400,00 € |
| Con 2 o más hijos a cargo | 107% → 749,00 € | 225% → 1.575,00 € |
Se consideran hijos a cargo los menores de 26 años (o mayores con discapacidad) que convivan contigo y no tengan rentas superiores al salario mínimo. Si tu jornada era parcial, los topes se reducen en la misma proporción.
Del importe bruto, el SEPE descuenta tu parte de cotización a la Seguridad Social (un 4,70% de la base reguladora) y, si la prestación supera el mínimo exento, también IRPF. Por eso el ingreso real es algo menor que el importe reconocido.
Cuánto dura
La duración depende exclusivamente de los días cotizados en los últimos seis años: por cada tres días cotizados se genera aproximadamente uno de prestación, con un máximo de dos años.
| Días cotizados | Días de prestación | Equivalencia |
|---|---|---|
| De 360 a 539 | 120 | 4 meses |
| De 540 a 719 | 180 | 6 meses |
| De 720 a 899 | 240 | 8 meses |
| De 900 a 1.079 | 300 | 10 meses |
| De 1.080 a 1.259 | 360 | 12 meses |
| De 1.260 a 1.439 | 420 | 14 meses |
| De 1.440 a 1.619 | 480 | 16 meses |
| De 1.620 a 1.799 | 540 | 18 meses |
| De 1.800 a 1.979 | 600 | 20 meses |
| De 1.980 a 2.159 | 660 | 22 meses |
| 2.160 o más | 720 | 24 meses |
Si no llegas a 360 días cotizados
No todo está perdido. Existen subsidios asistenciales con requisitos distintos, casi todos vinculados a la falta de rentas: el subsidio por cotización insuficiente (a partir de 90 días cotizados en algunos supuestos), el subsidio por responsabilidades familiares, el de mayores de 52 años, el de agotamiento de la prestación o el destinado a personas que regresan de trabajar en el extranjero. Cada uno tiene su plazo y su documentación, y se solicitan igualmente ante el SEPE.
Esta calculadora es una estimación. El importe y la duración oficiales los reconoce el SEPE a partir de tus bases reales, que puedes consultar en tu informe de vida laboral y en tu certificado de bases de cotización.
Compatibilidades y avisos
- Trabajar a tiempo parcial mientras cobras el paro es posible: la prestación se reduce en proporción a la jornada, no se pierde.
- La capitalización o «pago único» permite cobrar de golpe la prestación pendiente para montar una actividad por cuenta propia o incorporarse a una cooperativa, con condiciones concretas.
- No comunicar un cambio (trabajar, salir al extranjero más del tiempo permitido, dejar de renovar la demanda) puede suponer la suspensión o la extinción de la prestación, además de tener que devolver lo cobrado.
- Salir de España más de 15 días requiere autorización previa; hasta 90 días con autorización se suspende la prestación y se reanuda a la vuelta.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra de paro con un sueldo de 1.800 € brutos?
Con una base de cotización de 1.800 €, la prestación bruta serían unos 1.260 € mensuales los primeros seis meses (70%) y unos 1.080 € a partir del séptimo (60%), siempre que no se superen los topes según hijos a cargo. Del bruto se descuenta la cotización del trabajador y, en su caso, IRPF.
¿Cuándo baja el paro del 70% al 60%?
A partir del día 181 de prestación, es decir, cuando se cumplen seis meses cobrando. El cambio es automático y no requiere ningún trámite.
¿Puedo cobrar el paro si dejo el trabajo voluntariamente?
Como regla general no, porque la baja voluntaria no es una situación legal de desempleo. Existen excepciones tasadas, como la extinción por incumplimientos graves de la empresa declarada judicialmente.
¿Cuánto tengo que cotizar para cobrar dos años de paro?
Se necesitan 2.160 días cotizados por desempleo (unos seis años) en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo para alcanzar el máximo de 720 días de prestación.
¿El paro descuenta impuestos?
La prestación está sujeta a IRPF, aunque el SEPE solo retiene si el importe supera los mínimos que obligan a retener. También se descuenta la parte de cotización a la Seguridad Social a cargo del trabajador.